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EstatutosPreámbuloSe crea en el marco de la AMP una Escuela en formación que tiene por objetivo realizar las finalidades de la Asociación Mundial de Psicoanálisis en América latina (con la excepción de: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay) y en América del Norte. Al término del proceso de formación, la Escuela será efectivamente creada, y dotada de sus estatutos definitivos. Artículo 1. Nombre, duración, domicilio. Artículo 2. Fines y medios. a. La NEL tiene por fin elaborar y transmitir el psicoanálisis, controlar su práctica, y fundar en razón la calificación del psicoanalista. b. Ella actúa por los siguientes medios: reuniones (conversaciones, asambleas ), grupos de trabajo (carteles, laboratorios ), enseñanzas, publicaciones, listas electrónicas, etc. Artículo 3. Composición y cotizaciones. a. Los miembros de la NEL son miembros de la AMP; son admitidos como miembros de la NEL por el Consejo de la AMP por proposición del delegado general. Artículo 4. Órgano de dirección. La NEL es administrada por un Comité ejecutivo integrado por: Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Tesorero. Los miembros del Comité ejecutivo son nombrados en su función por el delegado general de la AMP. El Presidente adopta los reglamentos internos. Artículo 5. Órgano consultivo. El Consejo Federativo está compuesto por un representante de cada Sede, escogido por los miembros de la Escuela pertenecientes a la Sede en conformidad con los reglamentos internos. Puede ser consultado por el Presidente, quien lo convoca. Artículo 6. Asamblea general. a. La Asamblea comprende a todos los miembros de la Asociación. Apruebalos informes de tesorería. Se pronuncia sobre los asuntos que le son presentados. Tiene una función consultiva. b. El Presidente convoca la Asamblea en caso de necesidad, sin periodicidad obligatoria; puede convocarla en una de las Sedes de la Escuela; puede igualmente convocarla en varias Sedes; está facultado para consultar a los miembros por vía electrónica. Artículo 7. Modificación; disolución. a. El Presidente puede modificar los presentes estatutos con el acuerdo del delegado general y del Consejo de la AMP; b. La Asociación puede ser disuelta por el delegado general con el acuerdo del Consejo de la AMP; en ese caso, sus bienes van a la AMP. Redactado en Buenos Aires, el 21 de julio 2000
AMP - La Delegada General a los miembros de la NEL Comunicado del 27 de Julio, 2002 Estimados colegas: La NEL fue creada efectivamente en la Asamblea de miembros de la AMP realizada en Bruselas el 18 de julio de 2002. Los aplausos de la sala saludaron su creación. Graciela Brodsky
DISPOSICIONES FINALESCircular N° 1:En el momento de su creación definitiva la Escuela está compuesta por ocho Sedes, que se dan sus propios reglamentos y normas de funcionamiento, y dos Delegaciones: una en la ciudad de Valencia, Venezuela, otra en la ciudad de Cali, Colombia. Las Sedes de la Escuela son: Sede N° 1 - Bogotá Circular N° 2:Sobre las Delegaciones y Grupos asociados El Comité ejecutivo tiene la facultad de crear delegaciones en cualquier ciudad del área de la NEL y de establecer sus estatutos. Puede también nombrar sus autoridades. La delegación depende directamente del Comité ejecutivo. La delegación se sostiene con las contribuciones de sus asociados. Si lo considera oportuno, el Comité ejecutivo puede decidir transformar una delegación en una Sede de la Escuela. Para ello debe contar con el acuerdo del delegado general de la AMP. Párrafo único: Esta circular modifica el punto 4 del Comunicado N° 3 del Presidente (19 de julio 2000). Circular N° 3:Sobre la Admisión en la Escuela Para ser admitido en la Escuela hay que dirigir una solicitud por escrito a su presidente, quien la trasmite a la Comisión de admisión ad-hoc designada por la AMP. La admisión es decidida por el Consejo de la AMP a propuesta de la Comisión de homologaciones. El Comité ejecutivo puede recomendar la admisión de asociados a una Sede. Párrafo único: Esta circular modifica el punto 3 del Comunicado N° 7 del Presidente (21 de julio de 2000). Circular N° 4:Permutación del Consejo Federativo El primer Consejo Federativo, formado en julio de 2000 permanecerá en funciones durante tres años, hasta julio 2003. Luego sus miembros serán renovados por mitades cada dos años. Para la primera permutación se procederá a un sorteo. Luego la permutación será por antigüedad. Circular N° 5:Elección del Comité ejecutivo El Vicepresidente de la Escuela es elegido por el Consejo de la AMP luego de considerar las propuestas del Consejo Federativo. Al cabo de dos años, el Vicepresidente ocupa la Presidencia. El Secretario y el Tesorero son elegidos por el Presidente. Párrafo único: Composición del Comité ejecutivo 2002-2004: Presidente: Graciela Brodsky Vicepresidente: Alicia Arenas Secretaria : María Hortensia Cárdenas Tesorera: Betty Abadi |
NEL, Nueva Escuela Lacaniana de la región andino-caribeña creada por la Asociación Mundial de Psicoanálisis, se inscribe en el movimiento de reconquista del campo freudiano lanzado por Jacques Lacan {»} |